HomeActualidad¡Opinión!Código 29: ¿se combate la delincuencia o se silencia a los delincuentes?

Código 29: ¿se combate la delincuencia o se silencia a los delincuentes?

Hay expresiones que, cuando comienzan a repetirse con demasiada frecuencia en una sociedad, dejan de ser simples palabras para convertirse en motivo de alarma. En la República Dominicana, el llamado «código 29» ha vuelto a ocupar un espacio preocupante en la conversación pública, asociado a la muerte de personas señaladas como delincuentes durante los denominados intercambios de disparos con agentes de la Policía Nacional. La preocupación no es imaginaria: el periódico Diario Libre reportó que durante el primer semestre de 2026 murieron al menos 146 personas en supuestos intercambios de disparos, frente a 122 en el mismo período de 2025. Estas cifras exigen explicaciones, transparencia y una evaluación rigurosa de cada caso. 

Rafael Portorreal

La pregunta que muchos ciudadanos se hacen es tan incómoda como necesaria: ¿estamos ante enfrentamientos armados inevitables en el ejercicio legítimo de la autoridad o existen situaciones en las que la versión oficial merece una investigación más profunda? ¿Cómo puede la ciudadanía tener certeza de que cada persona fallecida realmente representaba una amenaza mortal para los agentes y que la fuerza utilizada fue estrictamente necesaria? Formular estas preguntas no significa defender a los delincuentes; significa defender el derecho de la sociedad a conocer la verdad.

Porque una cosa es combatir el crimen con determinación y otra muy distinta es permitir que la muerte sustituya a la justicia. Ningún sospechoso, por grave que sea el delito que se le atribuya, pierde su derecho a la vida ni la protección que le garantiza la Constitución. En un Estado democrático, la Policía tiene la obligación de perseguir, detener y poner a los presuntos responsables a disposición del Ministerio Público y de los tribunales. El castigo corresponde a la justicia, no a la voluntad individual de quien porta un arma y un uniforme.

Lo verdaderamente peligroso es que se instale en la conciencia colectiva la idea de que un supuesto delincuente muerto representa automáticamente un caso resuelto. ¿Resuelto para quién? ¿Para la víctima que merece justicia? ¿Para una familia que necesita conocer la verdad? ¿O para una institución que debería rendir cuentas cuando sus agentes utilizan la fuerza letal? La muerte de una persona puede cerrar una persecución, pero no necesariamente esclarece un delito, identifica a todos sus responsables ni desmantela las estructuras criminales que continúan operando.

También debemos reconocer que la Policía Nacional enfrenta una tarea difícil. Los agentes se exponen a peligros reales, persiguen a individuos armados y tienen la obligación de proteger vidas. Nadie puede exigirles que permanezcan indefensos ante una agresión mortal. Pero precisamente porque el Estado les confiere el poder de utilizar armas, ese poder debe estar sujeto a reglas estrictas, supervisión efectiva y consecuencias cuando se compruebe una actuación ilegal. La autoridad no se fortalece disparando sin límites; se fortalece demostrando que puede actuar con eficacia y dentro de la ley.

Es justo reconocer los esfuerzos del Gobierno por impulsar la reforma policial y modernizar una institución que arrastra problemas de credibilidad desde hace décadas. Sin embargo, una reforma no puede medirse solamente por los nuevos uniformes, los vehículos, los equipos tecnológicos o los cambios administrativos. Su verdadero éxito debe evaluarse en las calles, en el comportamiento de los agentes, en la reducción de los abusos y en la confianza que los ciudadanos depositan en quienes tienen la misión de protegerlos.

Y aquí surge una interrogante que las autoridades no deberían eludir: ¿qué mecanismos independientes garantizan que cada muerte ocurrida durante una intervención policial sea investigada con rigor, sin privilegios ni encubrimientos? La Policía ha afirmado públicamente que no existe un lineamiento institucional para aplicar el denominado código 29. Esa declaración debe tomarse en cuenta, pero no basta con negar la existencia de una instrucción oficial. También es necesario esclarecer los hechos concretos que alimentan la desconfianza ciudadana y demostrar, mediante investigaciones transparentes, que los procedimientos se ajustan a la ley.

Si un agente actúa legítimamente para defender su vida o la de terceros frente a una amenaza real e inminente, debe contar con el respaldo de la justicia. Pero si algún miembro de la institución ejecuta a una persona, altera una escena o presenta una versión falsa para ocultar un crimen, debe responder penalmente por sus actos. Ni el uniforme puede convertirse en escudo para la impunidad ni la condición de sospechoso puede utilizarse para privar a alguien de sus derechos fundamentales.

La sospecha de que ciertos intercambios de disparos pudieran servir para encubrir actuaciones ilegales es demasiado grave para convertirla en una sentencia anticipada, pero también demasiado importante para despacharla con indiferencia. No se trata de afirmar que todos los casos son ejecuciones extrajudiciales, sino de exigir que ninguno quede sin esclarecer. La verdad debe establecerse mediante pruebas, peritajes, testimonios, investigaciones independientes y decisiones judiciales, no mediante versiones unilaterales ni condenas anticipadas de la opinión pública.

La solución a la delincuencia tampoco puede descansar en la eliminación física de quienes delinquen. Si un país pretende construir seguridad duradera, necesita inteligencia policial, investigaciones criminales eficaces, prevención, oportunidades para los jóvenes, persecución de las redes delictivas y un sistema judicial capaz de imponer sanciones conforme a la ley. De lo contrario, se corre el riesgo de confundir la espectacularidad de un operativo con la verdadera capacidad del Estado para desarticular el crimen.

La ciudadanía dominicana tiene derecho a exigir calles seguras, pero también tiene derecho a exigir una Policía confiable. Ambos objetivos no se contradicen: se complementan. Una institución que protege la vida, respeta la ley y sanciona a los agentes que abusan de su autoridad está en mejores condiciones de ganarse la cooperación de la población y combatir con legitimidad a quienes amenazan la convivencia.

El Gobierno debe comprender que la reforma policial no puede limitarse a una promesa administrativa. Debe traducirse en resultados verificables, investigaciones oportunas, estadísticas públicas y sanciones cuando se comprueben irregularidades. El Ministerio Público, por su parte, tiene la responsabilidad de investigar con independencia los hechos que puedan constituir delitos, sin importar el rango, la posición o el uniforme de los involucrados.

La República Dominicana no necesita una Policía que mate para demostrar que tiene autoridad; necesita una Policía que tenga autoridad porque inspira confianza, cumple la ley y protege la vida.

Y ante la inquietante sombra del código 29, la pregunta que debe permanecer sobre la mesa es esta: ¿estamos construyendo un país donde la delincuencia sea derrotada por la justicia o corremos el riesgo de acostumbrarnos a que la muerte ocupe el lugar de los tribunales?

Porque cuando una sociedad comienza a aceptar que basta con señalar a alguien como delincuente para considerar irrelevante su muerte, no solo queda en peligro la vida de los sospechosos. También queda en peligro el derecho de todos los ciudadanos a vivir bajo el amparo de la ley.

La seguridad sin justicia puede convertirse en abuso. La justicia sin transparencia puede convertirse en sospecha. Y una reforma policial que no garantice ambas cosas corre el riesgo de quedarse en discurso.

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