Thursday, March 28, 2024
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EL JUICIO POLÍTICO A LOS SERVIDORES PÚBLICOS ELECTOS

En la época moderna ya casi no se habla de golpes de Estado, porque con la desaparición de los últimos gobiernos dictatoriales -tipo Pinochet- y la consolidación del reino de la democracia en 1990, luego de la asunción de Patricio Aylwin como presidente de Chile, éstos constituyen una categoría en decadencia de la autoridad pública.

Por Sebastian Del Pilar

Es así que hasta en Tailandia, con una historia negativa de 33 golpes de Estado -desde la caída de su monarquía, en 1932-, se advierte un empeño creciente de sus organizaciones sociales y políticas por anular su último ensayo golpista, vigente desde el 2014, para restablecer el sistema parlamentario en el curso del presente año.

Los intentos golpistas más recientes en América Latina fracasaron rotundamente; el primero fue contra Hugo Chávez en Venezuela, el 11 de abril de 2002; el segundo contra Evo Morales en Bolivia, en septiembre de 2008, y el tercero contra Rafael Correa, en Ecuador, el 30 de septiembre de 2010.

El Golpe de Estado se apartó del pensamiento de los dominicanos tras la guerra civil de 1965, y sólo se le menciona cuando se analizan los efectos negativos de la caída  del gobierno democrático de Juan Bosch en 1963, o del gobierno legítimo de Horacio Vásquez en 1930; o cuando se pasa revista a los malos gobiernos de la historia quisqueyana que se instalaron siguiendo el ejemplo del general  Pedro Santana, quien el día 29 de mayo de 1849, cinco años después del grito de Independencia, suplantó al presidente constitucional Manuel José Jimenes González, originando la primera destitución de un mandatario legítimo en la incipiente nación dominicana.

El Golpe de Estado es un capítulo gris en la historia nacional, una efemérides para reflexionar cada 25 de septiembre, ya que en la época moderna la amenaza latente adquirió el nombre de “Juicio Político”, que implica poder destituir a un funcionario público, sin que fuese necesariamente merecedor de ello, o inducir su renuncia para evitar que sea arrollado en un proceso constitucional contenido en los artículos 80 y 83 de la Constitución de la República, que confieren a las cámaras legislativas los poderes exclusivos de acusar y destituir “a los funcionarios públicos elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado y por el Consejo Nacional de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones”.

El juicio político de mayor repercusión en la historia moderna, que mantuvo en vilo a todos los ciudadanos del planeta, se celebró en el año 1998 y tuvo como su víctima al presidente de los Estados Unidos, William Jefferson Clinton, mejor conocido como Bill Clinton, quien se convirtió en el primer mandatario norteamericano del siglo XX, y el segundo en la historia de su país, en ser procesado con fines de su destitución en el Senado. El primero había sido Andrew Johnson, el vicepresidente de Abraham Lincoln, a quien en 1868 la mayoría republicana en la Cámara de Diputados (Representantes), le formuló cargos criminales, librándose por pura chepa de ser destituido; pues logró sumar a su favor el voto decisivo del senador republicano por Kansas, Edmund G. Ross, quien por ese hecho se convertiría casi un siglo después en un referente de coraje y patriotismo en la visión del presidente demócrata John F. Kennedy.

Un tercer presidente norteamericano que estuvo a punto de ser de ser enjuiciado por el Congreso, fue Richard Nixon,  implicado en el asalto a la oficina del Comité Nacional del Partido Demócrata, en el hotel Watergate de Washington, D.C.,  dirigido por el FBI y la CIA, para robar documentos reservados que dañaban la aspiración presidencial de su rival demócrata, el senador George McGovern; como fue la prueba médica que indicaba que el senador por Missouri, Thomas Eagleton, su candidato vicepresidencial, había sido internado por problemas depresivos y siquiátricos en un hospital de los Estados Unidos, donde recibió terapia electroconvulsiva en dos ocasiones.

Para evitar ser destituido por ese espionaje político ilegal, Nixon tuvo que renunciar a su condición de jefe de Estado en agosto de 1974; pero Bill Clinton, en cambio, se negó rotundamente a dimitir y se fajó a demostrar ante el Senado que no había incurrido en perjurio ni obstrucción de la justicia cuando negó haber tenido una relación de naturaleza sexual con la joven estudiante Mónica Lewinsky, cuando esa becaria visitó la Casa Blanca. Él salió airoso de ese gran desafío.

Antes del procesamiento de Clinton, los latinoamericanos habíamos comenzado a percibir los alcances de un juicio político, siguiendo con mucha atención la acusación hecha en el Congreso de Venezuela contra el presidente Carlos Andrés Pérez, en 1993, quien fue procesado por malversación de fondos. Ese juicio culminó con su separación del cargo el 21 de mayo de ese año y con su posterior encarcelamiento, convirtiéndose así en el primer presidente en la historia de esa nación en ser destituido y apresado.

Más tarde, en los años 2000 y 2001, contemplamos los juicios políticos contra los presidentes Alberto Fujimori y Abdurrahman Wahid, de Perú y de Indonesia, quienes fueron destituidos por “incapacidad moral permanente” -el primero-  y por incompetencia y corrupción, el segundo. Igualmente  contemplamos la renuncia del presidente de Brasil, Fernando Collor de Mello, el 29 de diciembre de 1992, evadiendo de esa manera un juicio en el Congreso, aunque no pudo librarse de ser conducido al Tribunal Supremo Federal, que ventiló la acusación que le incriminaba en el esquema de lavado de dinero y tráfico de influencias que había hecho el tesorero de su campaña presidencial,  Paulo César Farías. Collor de Mello fue absuelto luego por falta de pruebas.

Poco después, el congreso ecuatoriano, en fecha 6 de febrero de 1997, produjo la destitución del presidente de su país, Abdalá Bucaram Ortiz, aplicándole el literal d) del artículo 100 de la Constitución, referente a la incapacidad física o mental del jefe de Estado;  y dos años más tarde, se realizó otro juicio político, pero ahora dirigido contra un jefe de Estado paraguayo, llamado Raúl Cubas Grau, quien había gobernado su país entre el 15 de agosto de 1998 y el 28 de marzo de 1999,  en una atmósfera turbia por el antagonismo entre sus parciales y los del asesinado vicepresidente Luis María Argaña. El Congreso intentó enjuiciarlo por corrupción, en un esfuerzo por detener la violencia que estaba afectando el país, pero él prefirió el exilio, aunque tres años más tarde regresó a Paraguay, siendo arrestado y asociado al crimen de su rival político.

En Honduras, el 29 de junio de 2009 el Parlamento destituyó al presidente Manuel Zelaya, acusándolo de “reiteradas violaciones” a la Constitución  y las leyes, aunque ese despido fue protestado en la opinión pública nacional e internacional, creándose el criterio de que éste fue víctima de un golpe de mano de los congresistas.

El viernes 22 de junio de 2012 se produjo la tercera destitución de un mandatario paraguayo; este era Fernando Lugo, acusado de tener responsabilidad política en la masacre de campesinos ejecutada por la Policía en la finca llamada “Campos Morumbí” de la localidad de Curuguaty, del Departamento de Canindeyú, Paraguay, donde murieron once campesinos y cinco uniformados y fueron heridas numerosas personas. Este hecho tuvo cierta similitud con la matanza de Palma Sola acaecida en nuestro país, en un poblado de San Juan de la Maguana, el 28 de diciembre de 1962, apenas ocho días después de ser electo presidente el profesor Bosch.

En el ámbito de lo que se llama “juicio político”, se debe rememorar el padecido por  el presidente paraguayo José P. Guggiari en 1931, por su responsabilidad en la sangrienta represión contra una  protesta estudiantil donde hubo varias muertes, aunque tuvo la suerte de ser exonerado de culpa. Y también el realizado en 1945 contra el presidente brasileño Getulio Vargas, quien fue absuelto en la Cámara de Diputados, librándose de una desconsideración en el Senado, donde se pretendía obviar su aporte a la nación en los días difíciles de la Segunda Guerra Mundial.

El caso más reciente de destitución de un presidente afectó en Brasil a la señora Dilma Rousseff, quien fue despedida de su cargo el miércoles 31 de agosto de 2016, luego de que el Congreso cuestionara con severidad los préstamos tomados por su gobierno en bancos estatales sin consulta parlamentaria, con el presunto propósito de maquillar el informe fiscal que rindió a la nación y ocultar el déficit presupuestario.

Por suerte se le desvinculó del escándalo de corrupción que envolvió a la empresa petrolera brasileña conocida por el nombre de “Petrobras”, que había sido en principio el principal tema en su contra; y que había dañado ya la imagen de muchos otros dirigentes políticos, de distinta capilla ideológica; entre ellos, Eduardo Cosentino da Cunha, expresidente de la Cámara de Diputados, a quien fue necesario separarlo de su puesto parlamentario por  disposición del Tribunal Superior Federal, que deslindó su implicación en la “Operación Lava Jato”  por las maniobras ilícitas que habría realizado, presionando a varios empresarios para que pagaran sobornos, obteniendo así beneficios por una suma estipulada en 2 mil millones de dólares, depositados en un banco de Suiza.

Dilma Rousseff tuvo la suerte de no ser inhabilitada por mucho tiempo, como pasó con los presidentes Salvador Jorge Blanco, de República Dominicana y Carlos Andrés Pérez, de  Venezuela; pudiendo dentro de ocho años candidatearse nuevamente a cualquier posición electiva. Se recuerda que Jorge Blanco fue condenado el 8 de agosto de 1991 (en un juicio  penal politizado) a 20 años de prisión y a una multa de 73 millones de pesos, después de una previa condena en contumacia y tras conocerse las 38 imputaciones penales por malversación de fondos públicos, falsedad de escritura, abuso de confianza, estafa y prevaricación, contenidas en la llamada denuncia querella formulada en su contra por el doctor Marino Vinicio Castillo con el claro respaldo del gobierno de Balaguer.

Los presidentes Jorge Blanco y Pérez fueron dos mandatarios con mucho en común, aunque gobernaron sus países en años distintos; pues ambos actuaron de modo parecido en su relación con el Fondo Monetario Internacional (FMI), aceptando aplicar la política de shock recomendada por los neoliberales de la escuela económica de Chicago, que resultó ser excesivamente tormentosa  tanto para  los dominicanos como para los venezolanos.

El acuerdo de facilidad ampliada  firmado por el gobierno de Jorge Blanco, con la determinante recomendación del licenciado Bernardo Vega, que era el gobernador del Banco Central, provocó fuertes protestas sociales y populares durante los días 23, 24 y 25 de abril de 1984, las cuales fueron reprimidas violentamente por las Fuerzas Amadas y la Policía Nacional, con un saldo oficial de más de 125 personas muertas. Ese episodio de nuestra historia es conocido como “La Poblada de Abril”.

De su lado, el presidente Pérez firmó en 1989 un acuerdo no menos traumático con el FMI, que por sus efectos negativos fue denominado “Paquetazo”, conteniendo medidas de ajustes económicos muy severas, con las que se intentaba ponerle control a la  calamidad financiera heredada de su antecesor, el presidente socialdemócrata Jaime Lusinchi, que dejó a Venezuela sumida en un grave deterioro económico. Eso produjo continuas movilizaciones sociales y populares en la  ciudad de Caracas, que fueron brutalmente reprimidas por el Ejército y la Policía, con un reporte oficial de 380 muertos. Ese suceso quedó registrado en la memoria del pueblo venezolano con el nombre de “Caracazo”.

Muchos abogados consultados por quien escribe estas líneas, plantean la tesis de que hubiese sido más sensato un juicio político a Jorge Blanco por “La Poblada de Abril”, que el juicio penal viciado que se le hizo en1990 y que tuvo que ser anulado en el  año 2001 por la Suprema Corte de Justicia, atendiendo a la nueva posición del Poder Ejecutivo, pero valorando también la opinión mayoritaria de toda la sociedad, en franco desacuerdo con la frivolidad con que el poder político de entonces impuso ese juicio; apoyado en un fardo de pruebas que rayaba en lo burdo y lo grotesco, ya que dentro de las compras irregulares hechas por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, durante las gestiones de los generales Cuervo Gómez y Rodríguez Ortiz, no hubo una sola mención de adquisiciones de aviones, ni de helicópteros, ni de yipetas; pero sí sobradas menciones de compras de “piñas”, “lechozas” y “guineos”, de seguro dirigidas a alimentar a los mal nutridos soldados  y policías.

Como hemos visto, el enjuiciamiento político por la comisión de delitos está claramente regulado por la Constitución de la República y tiene como antecedentes el juicio realizado en el Congreso en 1931 contra el vicepresidente de la República licenciado Rafael Estrella Ureña, acusado de conspirar contra el naciente régimen trujillista. Este fue destituido por el Congreso junto al presidente de la Cámara de Diputados, Miguel Ángel Roca y el diputado montecristeño Miguel Grisanty.

Poco más tarde, y por la misma causa, fueron destituidos también el senador barahonero Jaime Sánchez y su vástago, el  diputado Jaime Sánchez hijo, así como el diputado de Montecristi, Julián F. Grisanty.

Estrella Ureña fue la figura civil que dio la cara en la conspiración que puso fin al gobierno del presidente Horacio Vásquez en 1930, ocupando transitoriamente la jefatura del Estado y organizando las elecciones que favorecieron a Trujillo, las cuales fueron calificadas de fraudulentas por los líderes opositores y candidatos, que eran Federico Velásquez y Ángel Morales, quienes se retiraron antes de que se iniciara la votación.

Estrella Ureña se juramentó como vicepresidente, pero su aspiración real era llegar a la máxima jefatura del Estado y en ese camino fue inevitable su enfrentamiento con Trujillo, quien se dispuso a desacreditarlo como traidor, armando en su contra una peligrosa campaña de descrédito que pudo costarle la vida, por lo que se vio precisado a exilarse el 25 de agosto de 1931.

El segundo juicio político a un servidor público, se le hizo en el país al síndico del Distrito Nacional, doctor Manuel Antonio Jiménez Rodríguez, en 1972; y el tercero, en el año 2008, contra todos los miembros de la Cámara de Cuentas.

Una persona que tuvo un papel preponderante en el caso de los jueces la Cámara de Cuentas fue el diputado Radhamés Castro, representante de la provincia de Santo Domingo, quien relata los acontecimientos que rodearon a este sonado caso en su libro titulado “No son cuentos”, publicado a mediados del año pasado.

Al respecto, señala el distinguido congresista y actual alcalde del municipio de Boca Chica, que (citamos): “La tarde del 7 de julio de 2008 el Senado destituyó al único juez de la Cámara de Cuentas que aún permanecía en su cargo, luego de que los otros miembros renunciaran tratando de evitar la materialización de un juicio político por haber originado el caos institucional en esa dependencia con prácticas de nepotismo y corrupción que violentaban la Constitución de la República, la propia ley de la Cámara de Cuentas y las leyes de función pública y de contrataciones de obras del Estado. Alcides Decena Lugo se mantuvo hasta el final en su posición, exponiéndose a perder sus derechos civiles, pero el Senado optó sólo por el despido de su puesto”.

Es decir que el juicio no llegó a su fin, porque se produjo la renuncia de los miembros de dicha cámara, evitando que el Senado decidiera acoger la recomendación de destitución formulada por los diputados en su resolución de fecha 11 de junio de 2008.

En el caso de la destitución del síndico de la Capital, Jiménez Rodríguez, se debe decir que en un mensaje que dirigiera el doctor Joaquín Balaguer al presidente de la Cámara de Diputados, doctor Atilio Guzmán Fernández, el jueves 27 de abril de 1972, le informaba de la visita que habría hecho con fines conspirativos a la residencia del general de brigada Rafael Adriano Valdez Hilario, el síndico del Distrito Nacional, doctor Jiménez Rodríguez, instándolo a que participara en la instalación de una junta militar.

“Desde hace algún tiempo he venido recibiendo denuncias de miembros de nuestros cuerpos armados sobre las actividades subversivas a que se ha entregado el síndico del Distrito Nacional, doctor Manuel Jiménez Rodríguez, quien se ha dado a la tarea de hacer insinuaciones, inclusive a altos oficiales de las Fuerzas Armadas, para que instalen un gobierno militar y se declaren en abierta desobediencia contra el orden constitucional imperante”, señalaba Balaguer

En base al testimonio que le habría ofrecido Valdez Hilario, Balaguer le pidió a la Cámara de Diputados, y en especial, a los miembros de su partido en ese organismo, que contemplaran la posibilidad de llevar ese caso hasta el Senado de la República al amparo de las disposiciones constitucionales.

Sin embargo, ni en la Cámara de Diputados ni en el  Senado al acusado se le remitió una orden de comparecencia para escucharlo ante la gravedad del cargo imputado, y como quiera se le hizo un juicio político sin darle la oportunidad de defenderse, pues sólo se escuchó la acusación del presidente Balaguer, quien era  líder del partido al que pertenecía la mayoría de los legisladores.

Lo correcto hubiera sido escuchar al síndico y que ofreciera su versión en el Congreso del diálogo sostenido con el general Valdez Hilario, que fue la base de la acusación; pues de ese modo se hubiera edificado mejor el hemiciclo, poniéndose en sintonía con las normas jurídicas que conforman el sistema jurídico de la República Dominicana. Los diputados y senadores votaron una resolución contra Manolín Jiménez y algunos dejaron entrever que Balaguer había esperado mucho tiempo para llevar al funcionario ante las barras senatoriales.

Los amigos que tenía el exsíndico entre los congresistas apenas se dejaron sentir; escuchándose la voz solitaria del diputado Basilio Pérez del Villar, de la Capital, quien prácticamente rompió su lazo afectuoso con el presidente Balaguer y el Partido Reformista, defendiendo la gestión municipal y señalando que el líder reformista había actuado en ese caso sin presentar una prueba valedera, y calificando de show el referido juicio político.

Su pronunciamiento no tuvo eco y después de  una hora y quince minutos debatiendo la acusación contra Jiménez Rodríguez, los diputados acogieron e hicieron suya la petición  de Balaguer, de que el síndico fuese enjuiciado y destituido en  el Senado por encabezar una trama golpista.

Tras la destitución de Jiménez Rodríguez, un jurista notable como el licenciado Rafael F. Bonnelly, expresidente del Consejo de Estado que dirigió el país entre enero de 1962  y febrero de 1963, sostuvo que el Senado debió llamar a deposición al doctor Jiménez Rodríguez, entendiendo que  éste actuaba en funciones de tribunal político de excepción y que aun cuando no había reglamentación para invitar a deponer a las partes, era de lógica hacerlo en vistas públicas.

En el ataque al síndico Jiménez Rodríguez se cometió el error de obligar a dimitir a su suplente, el  ingeniero Aliro Cairo, quien no estaba vinculado con la supuesta trama, para colocar en su lugar a un intimo amigo de Balaguer, que era el mocano Juan Rafael Estrella Rojas; lo que indicaba con claridad que el presidente estaba empeñado en controlar el ayuntamiento. Y para colmo, el referido suplente hizo una carta de renuncia que no estaba dirigida a la Sala Capitular del Ayuntamiento, como hubiese sido lo correcto, sino al Poder Ejecutivo;  transcendiendo entonces la información de que había recibido una oferta del primer mandatario para ser designado en un cargo importante como funcionario del Estado.

Finalmente Manolín tomó el camino del exilio en octubre de 1972, viviendo un tiempo en México, otro en Venezuela, en Puerto Rico y en Panamá, esperando que se aplacara la animosidad del jefe del Estado.

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