Friday, November 22, 2024
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Pena de muerte a Juanito El Lagarto

En la proximidad del río Chavón de La Romana, vendado y atado a un vistoso árbol situado en el patio de una vivienda deshabilitada, fue ejecutado el 8 de enero de 1969 el conocido dirigente izquierdista Caonabo Elpidio Jorge Tavárez, alias Juanito el lagarto… extraño hecho que habría sorprendido al gobierno del presidente Joaquín Balaguer que rehusaba aceptar que ocurriera en su territorio y que sus autores se atrevieran a alardear de su felonía. 

Este episodio sangriento violentaba de modo escalofriante una norma jurídica del derecho internacional -conocida en la sociedad dominicana desde que se fundó la República- que prohíbe la pena de muerte en cualquier circunstancia y garantiza el predominio del principio moral de la inviolabilidad de la vida humana.

Restándole veracidad a ese suceso, dos semanas más tarde -el miércoles 29-, en una conferencia de prensa realizada en el Palacio Nacional, el jefe del Estado lo calificó como “una treta, una broma de mal gusto” para desviar la atención de la ciudadanía de los asuntos de interés; pero aun así este macabro acontecimiento -como no podía ser ocultado- había trascendido ya en la opinión pública por medio de la reseña detallada que divulgó días antes el diario El Nacional, firmada por el periodista Miguel A. Hernández, precisando que era obra de un pelotón de fusilamiento formado por antiguos subordinados de Juanito el lagarto que dijeron que le arrancaron la vida por traicionar la causa revolucionaria. Ellos eran dirigentes del grupo marxista-leninista “Voz Proletaria”.

Dicha ejecución generó sucesivos escritos en los medios de comunicación exigiendo de las autoridades realizar una investigación exhaustiva sobre el caso y acumular las evidencias necesarias para despejar la duda creada por la refutación del doctor Balaguer a la autenticidad de la noticia, reforzada por una crítica emotiva y controversial del doctor Salvador Pittaluga Nivar, hecha en la sección “El comentario de la noticia”, que orientaba la línea editorial del noticiario de Radio HIN Televisión (RAHINTEL), advirtiendo que el autor del objetado reportaje se hacía “cómplice de asesinato” si no denunciaba a las autoridades sus fuentes informativas.

Esa crítica del fundador del Instituto Dominicano de Periodistas (IDP) y de la Asociación Dominicana de Periodistas y Escritores (ADPE) suscitó incomodidad y enfado en ciertos círculos de opinión que desconocían el motivo del reemplazo de su hábito de comentar las novedades diarias con serenidad, voz mesurada y actitud conciliadora, para embestir a su colega de El Nacional, quien aprovechó la circunstancia para reprender a su crítico y hacer algunas acotaciones sobre el papel de un reportero en la preparación y difusión de la noticia; recordando que existen “muchas normas y principios legales -aceptados universalmente- sobre el derecho a no revelar secretos profesionales”.

También apuntó que ese derecho era insoslayable bajo cualquier condición o presión circunstancial, y que, aunque Pittaluga o cualquier otra persona se lo pidiera, no iba “a revelar ni a las autoridades ni a nadie quiénes nos dieron la información y dónde la obtuvimos”. 

Argumentó “que cada dominicano tiene el sacratísimo derecho a que se le informe sobre todo lo que ocurre en esta media isla y fuera de ella; que nosotros, los periodistas, somos los canales o vehículos naturales a través de los cuales cada dominicano se entera de las cosas que molestan o no a los que se inquietan fácilmente y adoptan poses bonillescas ante hechos noticiosos de naturaleza no acorde con sus gustos y simpatías”.

Al margen de la sobrante alusión a la gestualidad del comentarista de televisión Rafael Bonilla Aybar, la lección sobre responsabilidad y ética en la comunicación social, contenida en esta sencilla pero persuasiva explicación del periodista Miguel A. Hernández, fortaleció la defensa de su derecho a informar objetivamente a la sociedad cuanto sabía sobre la ejecución de Caonabo Jorge. Más que nada porque este hecho superaba en temeridad a muchas tropelías escalofriantes que se cometieron durante la tiranía de Trujillo y en los primeros años de la etapa democrática.

No debe ignorarse que la pena de muerte fue constitucionalmente prohibida en el país en 1924, en el gobierno de Horacio Vásquez y que hasta Trujillo en un momento dado de su extenso dominio del poder, tuvo que desistir en su empeño en reponerla para consolidar su régimen tiránico, porque como señaló el vespertino El Nacional en su editorial del 28 de enero de 1969, “enseguida se levantaron voces de protesta en el seno del Congreso que el sátrapa manejaba a su antojo, y el dictador abandonó su proyecto”. 

La pena capital se aplicó por primera vez en la nación dominicana cuando se aprobó el célebre artículo 210 en su Constitución, insertado por el presidente Pedro Santana para desembarazarse de sus adversarios políticos, aunque reapareció de modo arbitrario y fugaz tras la consolidación de la Restauración de la República, con el fusilamiento del general Pepillo Salcedo ordenado el 5 de noviembre de 1864 por el presidente provisional, general Gaspar Polanco. 

Más tarde, el 30 de mayo de 1881 el presidente Fernando Antonio Arturo de Meriño Ramírez firmó el severo decreto de San Fernando, donde con el respaldo del general Ulises Hilarión Heureaux Lebert,, dispuso la pena de muerte para todo ciudadano sorprendido con las armas en las manos y permitió que fueran fusilados varios de los enemigos de su gobierno. Aunque indudablemente que el mayor número de muertes por ejecuciones, ha sido materializado en distintas épocas mediante métodos extrajudiciales, usados por grupos parapoliciales que actúan con la anuencia de mandos militares y altos funcionarios que desprecian la vida humana.

La decisión de llevar al paredón a Juanito el Lagarto, acusado de traicionar los ideales revolucionarios de la entidad política marxista-leninista que fundó en febrero de 1968 con el nombre de “Voz Proletaria”, fue obra de varios de sus antiguos subalternos que aseguraron que se había convertido en informante de los organismos de inteligencia del Estado y de la Agencia Central de Inteligencia (CIA).

Esa imputación resultó difícil creerla por el historial político de este dirigente de izquierda que se había desenvuelto hasta entonces como un verdadero cuadro revolucionario.

Antecedentes del joven fusilado

Caonabo Elpidio Jorge Tavárez no era un dirigente cualquiera de Voz Proletaria, sino su fundador y secretario general que -hasta enero de 1968- había sido director del semanario “Voz Proletaria” del Movimiento Popular Dominicano (MPD), de donde fue expulsado por utilizar ese órgano informativo para manifestar su desacuerdo con el “golpe de Estado revolucionario” que pretendía derrotar al presidente Joaquín Balaguer, mediante una alianza de esa organización de izquierda con sectores militares y de derecha que impidiese su reelección en los comicios de 1970.

La vida política de este individuo de 34 años de edad, mejor conocido como Juanito el lagarto, oriundo del municipio de Villa Tapia y antiguo militar, se inició a raíz de la muerte de Trujillo en el barrio de Villa María de la ciudad capital, con su ingreso al MPD conquistado por varios de sus jóvenes vecinos en la calle Juana Saltitopa. Ellos valoraron sus habilidades en la comunicación y su condición de persona sociable, hábil, audaz y emprendedor. También que, aun careciendo de un grado universitario, discernía sobre ciencias políticas, ideologías, música clásica y temas históricos, demostrando indudable suficiencia cultural.

Juanito el lagarto participó en las actividades clandestinas realizadas por su partido contra el Triunvirato y en la guerra de abril de 1965, sobresaliendo como combatiente del comando constitucionalista instalado en la escuela intermedia República de Argentina. Por su desempeño en esta contienda, fue incluido en el comité central del MPD durante el precongreso efectuado dentro de su cuartel general y luego fue incorporado a su famosa Guardia Roja, de donde pasó a dirigir el periódico “Voz Proletaria” hasta que en enero de 1968 fue separado de la organización por confrontar a su dirigencia.

Según apunta el exsecretario general del MPD, ingeniero Cayetano Armando Rodríguez del Prado, en sus notas autobiográficas publicadas en 2008, sobre las actividades de este compañero: “El y otros jóvenes de nuestra agrupación hicieron grandes sacrificios por el sostenimiento del MPD. Sin embargo, en uno de los encarcelamientos que sufrió, Juanito fue reclutado por los servicios secretos del régimen y pasó de luchador revolucionario a delator de la policía política”. Agregó que, a consecuencia de esa labor de espionaje, “fueron apresados en forma extraña algunos hombres que no se suponían conocidos por las autoridades del régimen”.

En referencia a Guillermo Antonio Rubirosa Fermín, principal lugarteniente del secretario general de Voz Proletaria y responsable de su muerte, Rodríguez del Prado reveló que “estos hechos produjeron la sospecha de Rubirosa sobre la persona de Juanito y finalmente aquel le tendió una celada” al apresarlo en una finca del Este, donde lo obligó a confesar toda su culpa, además de fotografiar su fusilamiento.

Estos detalles son sumamente importantes porque el lugar preciso donde se materializó la ejecución de Juanito el lagarto, que era desconocido debido a que sus autores se concentraron en resaltar su traición como informante de los organismos de seguridad del Estado y de la CIA, la cual operaba en el país a través del Grupo Consultivo de Asistencia Militar (MAAG) de la embajada de los Estados Unidos y del organismo de seguridad de la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID).

Es de gran valor estos datos ofrecidos por Rodríguez del Prado, porque sepultan la falsa versión de que este controversial suceso se había desarrollado en  un área de la finca experimental de Engombe de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, donde realizan ejercicios prácticos los estudiantes de agronomía, veterinaria y zootecnia de esa alta casa de estudios.

La celada de Voz Proletaria

Desde el mes de junio de 1968, esta organización venía rastreando sigilosamente los contactos y las actividades de Juanito el lagarto para aclarar las sospechas que compartía con la dirección del MPD de que éste podía ser responsable de la prisión de varios de sus miembros detenidos por la Policía entre finales de 1967 y principios de 1968.

La investigación fue encabezada por Rubirosa Fermín, que era la persona más cercana al secretario general de Voz Proletaria y el primero en advertir el cambio que se venía produciendo en su conducta por la merma de lucidez en sus análisis teóricos, distanciamiento de la militancia, incumplimiento de las tareas del partido, cierto descenso ideológico y su sorpresiva tendencia a ostentar costosas prendas y derrochar una gran cantidad de dinero en clubes nocturnos, casinos y salas de fiestas, en compañía de varios de sus amigos.

De acuerdo a lo referido por Voz Proletaria, cuando se quiso averiguar la causa de aquel dispendio, Juanito el lagarto trató de justificarlo recordando que, en varias ocasiones, desde octubre de 1967 cuando viajó a China y Albania, había sido uno de los contactos nacionales con los partidos comunistas del continente asiático que practicaban la solidaridad internacional ofreciendo asesoría a los dirigentes locales y respaldando sus actividades con el envío de recursos económicos para animar sus programas de crecimiento.

Igualmente aludió a su calidad de empleado de una compañía de seguros, donde tenía un buen sueldo y al hecho de que su esposa, Fabiola Perdomo, con quien residía en la calle Restauración No. 28 de la zona colonial y había procreado un hijo, además de estudiante universitaria, era camarera bien remunerada del hotel Jaragua.

Esa defensa, sin embargo, resultó inefectiva porque con mucho cuidado -para no causar alarma- se había incrementado la vigilancia sobre cuanto hacía el secretario general de Voz Proletaria, tarea que culminó el 30 de diciembre de 1968 con su detención y traslado a La Romana, donde fue severamente interpelado.

El interrogatorio se llevó a cabo en una casa deshabitada y con un amplio patio lleno de árboles, cerca del río Chavón, donde Juanito el lagarto fue forzado a confesar su calidad de informante, luego de que sus captores le hicieron creer que le perdonarían la vida y le permitirían salir del país con su esposa e hijos, “si decidía reparar su falta mencionando con lujo de detalles la actividad de la CIA dentro del movimiento y confesaba la magnitud de su crimen”.

De acuerdo a un reportaje de El Nacional, fechado el 7 de febrero de 1969, los dirigentes de Voz Proletaria dijeron que: “Si tomamos la resolución de fusilar al traidor de Caonabo Jorge (Juanito) fue porque luego de un proceso de investigación se comprobó su alta traición confesada por el mismo, sumado a nuestras investigaciones, en tales circunstancias un hombre que había traicionado los principios, sus compañeros y el pueblo no les quedaba otro camino que el paredón. Y esa acción ni es un crimen ni una insensibilidad social, sino una acción revolucionaria, que ha salvado al movimiento revolucionario de muchas delaciones”. 

La ejecución de Juanito el lagarto llenó de orgullo y altivez a los dirigentes de Voz Proletaria que se autoproclamaron los “verdaderos marxistas-leninistas” del país, llegando al extremo de que, utilizando la confesión obtenida, intentaron involucrar a miembros del MPD en acciones de espionaje en favor de la Policía.

Horas antes de ser fusilado, Caonabo Elpidio Jorge Tavárez con su puño y letra escribió una carta a su esposa, diciéndole que había cometido el error de colaborar con la CIA por miedo al imperialismo y por un chantaje que le hizo la Policía de que ella sería apresada e implicada en el asalto de que había sido objeto en esos días los almacenes de Ramón Corripio, en la capital. En este manuscrito pidió excusas a su familia y al pueblo por su colaboración con los organismos de seguridad y se despidió de su esposa, exclamando: “Muero arrepentido de mi traición, pero no como un cobarde”.

Para explicar esta ejecución hay que partir del hecho de que Voz Proletaria era una organización marxista-leninista que se definió a sí misma como la vanguardia de la clase obrera y las capas oprimidas, con la misión de conducirlas hacia la Revolución nacional democrática y el socialismo.

Esa entidad tenía una estructura vertical y se guiaba por estrictas pautas conductuales que observaban todos sus miembros, comenzando por su fundador y secretario general, quien estaba obligado a ser un ejemplo en su actuación pública y, al no ajustarse a las reglas, se apartó dramáticamente de las líneas partidarias.

Al colaborar con los organismos represivos, Juanito el lagarto abandonó a sus compañeros de militancia, ignorando que tarde o temprano, éstos blandirían contra él la conocida frase de Juan Pablo Duarte: “Mientras no se escarmiente a los traidores como se debe, los buenos y verdaderos dominicanos serán siempre víctimas de sus maquinaciones”.

El secretario general de Voz Proletaria, pese a su cultura marxista y al conocimiento que tenía de la experiencia cubana, por haber vivido por varios meses en la vecina isla (en 1966), olvidó que las organizaciones comunistas castigan la traición con drasticidad, para evitar que influya en la quiebra de los principios de honradez y lealtad de su militancia. Un ejemplo de ello se hizo presente en Cuba durante el acto de masas efectuado el 26 de octubre de 1959 en el área del palacio presidencial, encabezado por Fidel Castro y Ernesto Che Guevarra, donde la multitud delirante coreaba: ¡Paredón a los traidores!, para exigir que fueran fusilados quienes pudiesen estar apoyando la labor sediciosa del exiliado cubano Pedro Luis Díaz, quien a bordo de un avión y auxiliado por el gobierno de los Estados Unidos, acababa de lanzar panfletos sobre la ciudad de La Habana invitando al pueblo a que se sublevara contra el régimen socialista.

La penalización de la traición se manifestó con rigor en Cuba el 13 de julio de 1989, al ser fusilado Arnaldo Ochoa, héroe en Angola y el general cubano con más condecoraciones, acusado junto al coronel Antonio de la Guardia, de traición a la patria por su responsabilidad en la organización de 15 operaciones de narcotráfico que realizó el cártel de Medellín, de introducción de drogas en territorio de Estados Unidos, desde enero de 1987 hasta abril de 1989.

Juanito el lagarto olvidó, igualmente, las ejecuciones de traidores que se llevaron a cabo en la Unión Soviética, entre 1918 y 1922, ordenadas por su líder Vladimir Lenin para derrotar a los enemigos de la Revolución bolchevique; y que el líder chino Mao Tse Tung, cuyas orientaciones defendía ardorosamente su partido, recomendaba eliminar la presencia de contrarrevolucionarios, dar “golpes a los traidores y colaboradores que socaban al ejército y a la gente”, en el entendido de que era preciso luchar contra ellos, “comprendiendo que los que están ocultos, no eliminados hasta la fecha, no se darán por vencidos y tratarán de aprovechar cualquier oportunidad para provocar disturbios”.

Las sanciones a la traición en muchos regímenes democráticos no son menos drásticas que las que se aplican en los países comunistas. Por ejemplo, en Estados Unidos la traición a la patria está estipulada como un delito en el artículo 3 de su Constitución, que señala: “La traición contra los Estados Unidos sólo consistirá en hacer la guerra en su contra o en unirse a sus enemigos, impartiéndoles ayuda y protección. A ninguna persona se le condenará por traición si no es sobre la base de la declaración de dos testigos que hayan presenciado el mismo acto perpetrado abiertamente o de una confesión en sesión pública de un tribunal”

En su código penal, Estados Unidos contempla la pena de muerte, sentencia que sólo puede ser modificada por su presidente, quien podrá cambiarla por cadena perpetua.  Esa sanción fue aplicada en 1859 al dirigente abolicionista John Brown, junto a seis de sus seguidores, luego de que asaltaran una armería en Virginia Occidental para armar a los negros que preparaban una sublevación.

Por último, debemos decir que la República Dominicana tiene -por suerte- una nueva Constitución, proclamada el 26 de enero de 2010, que ha establecido el Estado democrático y social de Derecho, con un artículo 37 que señala con claridad que “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

Sin embargo, es necesario continuar exigiendo en el mundo el fin de la pena de muerte, en razón de en pleno siglo 21, todavía en América Latina se sigue aplicando para delitos comunes en Cuba, Jamaica, Santa Lucía, Belice, Bahamas, Guyana, Granada, Antigua y Barbuda, Barbados, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y Granadinas.

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