Monday, December 23, 2024
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Contraloría Dominicana responde al opositor Partido (PRM) sobre solicitud de informe por compras hechas durante Estado de Emergencia

Héctor Danilo Sánchez
Special-Reporter
Kissimmee, Florida
USA

Santo Domingo, R. D.-La Contraloría General de la República respondió el documento depositado en su sede central por el presidente del Partido Revolucionario Moderno, José Ignacio Paliza, en el que solicitó un informe detallado de las compras y/o contrataciones,  hechas durante el Estado de Emergencia que vive el país.

En tal sentido, el contralor general de la República Daniel Omar Caamaño Santana, establece, mediante la carta No. IN-CGR-2020-001377, que por estar aún vigente el Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto No.87-20.

El Congresista Jose Manuel Paliza, Presidente del partido Revolucionario Moderno (PRM).

Así como las compras de emergencia establecidas mediante los Decretos Nos.133-20 y 144-20, las entidades mencionadas en los citados decretos deberán remitir esos informes a la Contraloría General de la República, quince (15) días después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia.

La entidad gubernamental le informó al PRM que para poder atender a sus requerimientos se debe esperar el vencimiento de los plazos legales establecidos para los fines correspondientes.

También hace constar el documento que conforme lo establece la Ley No.10-07, sobre el Control Interno, en el párrafo II, en su artículo 26, la Contraloría General de la República aplicará procedimientos de control interno posterior, para comprobar la aplicación y efectividad de los controles previos que están a cargo de los ejecutores directos de las operaciones.

De igual forma, la Contraloría hace referencia a lo que establece en su artículo 4, numeral 1 y el numeral 8 en su ordinal 9, del Reglamento 543-12, de la Ley No.340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y la reciente guía emitida por el Órgano Rector de las Compras Públicas, en el numeral número 4 del Informe de Rendición de Cuentas.

Esta última guía establece lo siguiente: “Quince días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia, la institución deberá rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, para los fines correspondientes que deberá ser difundido a través del Portal Transaccional y en el portal institucional”.

Se recuerda que, el pasado 19 de marzo del año en curso, el presidente de la República, Danilo Medina, declaró el país en Estado de Emergencia, a fin de dar una rápida respuesta a las necesidades requeridas por la población, a raíz de la pandemia del Coronavirus que afecta a la República Dominicana y al mundo.

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