Monday, December 23, 2024
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Tony Peña Guaba, debe renunciar tal como lo hizo Kimberly Taveras

Un proceso nebuloso, turbio, y sin aparente soporte legal, cubrirá una de las primeras páginas del libro que se escribirá en el futuro, sobre el gobierno del presidente, Luis Abinader. Se trata de la repartición de 100 millones de pesos, por parte del gabinete que coordina las políticas sociales del gobierno, cuyo titular, Francisco Antonio Peña Guaba (Tony) contrató, supuestamente, a futuro, unos 70 artistas dominicanos, a pesar de la calamitosa situación económica que atraviesa el país.   

De inmediato, fruto de la indignación que provocó este hecho, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), abrió una investigación donde estableció, preliminarmente, las condiciones reales que acompañaron dicha transacción económica; advirtiendo que se trató de una contratación directa, sin mediación del proceso que rige la ley 340-06, sobre compras y contrataciones. Por lo tanto, recomendó rescindir esos contratos, al tiempo que también limitó la suscripción de nuevos contratos, así como la entrega de fondos públicos, basados en este concepto.   

Asimismo, dejó claramente establecido que ninguna institución pública, puede realizar contrataciones directas, explicando además que, a pesar de haber sido considerado un contrato por excepción, la contratación de artistas por parte del gobierno, deberá realizarse conforme a los procedimientos que dispone la ley, y sus reglamentos de aplicación.   

Este reglamento ordena de forma precisa, adjudicar un informe pericial que justifique la utilización del recurso de excepción; una resolución motivada y emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la institución, recomendando su uso; también, expide una certificación de aprobación presupuestaria, emitida por la dirección administrativa o financiera de la DGCP, publicada, posteriormente, en el Portal Transaccional e Institucional, a los fines del conocimiento general de dicho procedimiento de contratación.   

Sin embargo, al indagar en el Portal Transaccional, para verificar el cumplimiento de los procedimientos, la Dirección de Contrataciones Públicas, estableció en su informe que esas contrataciones no fueron debidamente gestionadas a través de dicha plataforma, conforme al principio establecido sobre la transparencia, descrito en el artículo 6 del decreto no. 350-17, que rige ese organismo de regulación; indicando además que se actuó con inobservancia de la misma, por lo que iniciará un proceso de investigación para establecer las bases legales que sustentaron dichas transacciones.   

A propósito de este particular suceso, la sociedad, solicita al presidente de la república, detener los constantes desaciertos que, diariamente, cometen algunos de los funcionarios de su gobierno, al tiempo que reclaman la inmediata remoción de aquellos que incurren en “errores” que ponen en riesgo el patrimonio del Estado. Asimismo, exhortan al mandatario, a mantener su palabra, en cuanto a que pondrá distancia entre su accionar austero y las destemplanzas de algunos de sus colaboradores.   

Por su lado, el presidente, debe aplicar medidas ejemplares que envíen señales contundentes con relación a este y otros casos, porque si no lo hace, la población, podría entonces interpretar que hubo un propósito determinado de beneficiar a los artistas, autorizando al gabinete de políticas sociales, para que actué en consecuencia entregando los recursos del pueblo, a quienes durante su trayectoria, nunca han escatimado esfuerzos para poner de manifiesto sus opulencias, a contrapelo de la necesidad que padece la población que, fielmente, los sigue y los admira.   

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), alertó sobre una transacción económica sin sustento legal, echando para atrás el proceso que siguió al pago de los artistas. Ahora, la pregunta, es la siguiente: ¿cuál será el destino de los recursos entregados?, y más aún, ¿cuáles serán las sanciones que impondrá el presidente, a los funcionarios responsables de actuar conforme a la inobservancia de la ley que rige este tipo de procedimientos?    

Las atribuciones del gabinete que coordina las políticas sociales del gobierno, están claramente establecidas como una instancia de articulación, formulación, ejecución, evaluación y seguimiento de los programas que forman parte del Sistema de Protección Social de la Republica Dominicana, cuya aplicación sirve de soporte a los planes que desarrolla el gobierno. En consecuencia, las contrataciones de artistas por parte de este órgano del Estado, no representa una prioridad, ni tampoco se corresponde con ninguna de las necesidades que forman parte de las demandas sociales de la población.   

Existen múltiples necesidades, vinculadas con deficiencias económicas que bien pudieron ser apaleadas por el gobierno, si esos recursos hubiesen sido dirigidos a entidades e instituciones sociales, en lugar de ser repartido alegremente como ocurrió entre los artistas que, luego, subieron sus videos a las redes sociales, burlándose descaradamente del clamor que en ese sentido había elevado la población.   

Kimberly Tavera, renunció del ministerio de la Juventud, luego de que, la opinión pública, se hiciera eco de las actividades que había realizado durante mucho tiempo y desde su empresa privada, como contratista del gobierno. Empero, aun cuando, Kimberly, no cometió ninguna infracción que pudiera cuestionar su desempeño público, la sociedad, pidió su cabeza, entendiendo que su actuación no era compatible con la posición que ocupaba en el Estado.   Por su parte, dada la gravedad de la información suministrada por la DGCP, que presume un uso indebido de los fondos públicos por parte del Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales, Tony Peña Guaba, debería responder ante la sociedad, dando explicaciones sobre su actuación y de ser necesario, poniendo su cargo a disposición del presidente de la república.   

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