Santo Domingo, R. D.-La Procuraduría General de la República (PGR) emitió una orden para que las personas que incurran en violación al toque de queda sean sometidas a la justicia por rebelión, se les multará y se los pondrá a hacer trabajos de utilidad pública como la recogida de basura.
En una comunicación de la Procuraduría, el procurador general Jean Alain Rodríguez, precisa que los infractores podrán ser sometidos a “trabajo de interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro, fuera de sus horarios habituales de trabajo remunerado, debiendo colaborar sobre todo con la recogida de la basura en coordinación con los ayuntamientos de cada demarcación”.
Al dar la instrucción a los procuradores fiscales, Jean Alain Rodríguez, justificó que el objetivo de estas medidas es cuidar a la ciudadanía, y salvar sus vidas. Aprovechó para hacer un llamado a la población de respetar las medidas establecidas por las autoridades y a respetar a la Policía Nacional.
Advirtió que la Ley Orgánica número 21-18 sobre Regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana, de fecha 25 de mayo de 2018, establece en su artículo 32 que el incumplimiento o resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en los estados de excepción será sancionado de acuerdo con las disposiciones de las leyes vigentes.
De igual manera, precisa que el artículo 209 del Código Penal de la República Dominicana estipula que “los actos de rebelión se clasifican, según las circunstancias que los acompañen, crimen o delito de rebelión. Hay rebelión, en el acometimiento, resistencia, violencia o vías de hecho, ejercidas contra los empleados y funcionarios públicos, sus agentes, delegados, o encargados, sean cuales fueren su grado y la clase a que pertenezcan, cuando obren en el ejercicio de sus funciones, y sea cual fuere la función pública que ejerzan”.
Para la ejecución de los procesos, en los casos más graves y reincidentes, los fiscales deberán utilizar los medios idóneos y expeditos establecidos por el Código Procesal Penal para procesar a los imputados, tales como el procedimiento por contravenciones del artículo 354 o el procedimiento penal abreviado por acuerdo pleno del artículo 363, solicitando al juez competente, y la imposición de las multas indicadas en la ley a aquellas personas que hayan violado los horarios de toque de queda establecidos durante el período de emergencia nacional.
El comunicado destaca que el toque de queda de 5:00 de la tarde a 6:00 de la mañana en el país, establecido mediante el Decreto 134-20 del Poder Ejecutivo, tiene como objetivo primordial, garantizar la salud de la población de la República Dominicana, siguiendo los criterios dictados por la Organización Mundial de la Salud (OMS).