Saturday, November 16, 2024
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Presidente Danilo Medina Sanchez dispone implementación y automatización de Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones en RD

Igualmente, consultar información relacionada con los procedimientos y requisitos exigidos por el marco legal vigente para la tramitación de solicitudes de permisos y licencias para la construcción de edificaciones en el país.
Objetivo
Tiene como objetivo centralizar, a través de una única plataforma digital e interconectada, todos los trámites que deben ser realizados ante la administración pública para obtener los permisos y licencias para la construcción de edificaciones.
Otro de los aspectos, es coordinar la labor de las instituciones de la administración pública con competencias legales para otorgar permisos y licencias para la construcción de edificaciones, a fin de agilizar y eficientizar los trámites relacionados con estos, de modo que se garantice la competitividad de las empresas y se estimule la inversión local y extranjera.
También, apoyar el desarrollo de la competitividad nacional mediante la reducción de los tiempos asociados a los procesos de tramitación de solicitudes de permisos y licencias para la construcción de edificaciones y contribuir con el desarrollo y consolidación de un sistema integrado de información y estadísticas sobre el sector de la construcción de edificaciones en República Dominicana.
Obras Públicas será órgano gestor

El Ministerio de Obras públicas y Comunicaciones (MOPC) será el órgano de gestión de la Ventanilla Única de Permisos para la Construcción de Edificaciones, encargado del establecimiento y financiamiento de su estructura operativa central y la designación del equipo que la integrará, de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto.
Ámbito de aplicación
Una vez inicie su implementación, la Ventanilla Única de Permisos para la Construcción de Edificaciones será de uso obligatorio para todos los proyectos de edificaciones públicos o privados, de carácter temporal o permanente, a erigirse en el territorio nacional, independientemente de su uso, de acuerdo al cronograma de implementación gradual que será elaborado en cumplimiento del presente decreto.
Manejo más eficiente de los procesos
A partir de este decreto, la Ventanilla Única de Proyectos de Viviendas de Bajo Costo, que opera en el MOPC, quedará integrada dentro de la misma plataforma tecnológica de la Ventanilla Única de Permisos para la Construcción de Edificaciones para el manejo más eficiente de los procesos y servicios ofrecidos.
Como parte del proceso para la puesta en vigencia de la Ventanilla Única de Permisos para la Construcción de Edificaciones el decreto define varios términos: Acuerdos de nivel de servicio (ANS), administración pública, edificaciones y permisos para la construcción de edificaciones.
Servicios que ofrecerá
A través de esta Ventanilla Única se ofrecerán los servicios de coordinación y gestión de la plataforma que integra los trámites y documentos relacionados con los procesos de solicitudes de permisos y/o licencias de construcción de edificaciones ante las diferentes entidades de la administración pública.
Además, el establecimiento de los canales para la atención a los usuarios, la recepción, registro y tramitación de los expedientes completos de solicitud de permisos y/o licencias de construcción, así como la difusión de la información y orientación sobre los trámites y requisitos que exige la tramitación de cada procedimiento, teniendo en cuenta los requisitos de la administración pública y los entes y órganos administrativos que la conforman y que intervienen en el mismo.
Entidades que la integran
La Ventanilla Única de Permisos para la Construcción estará integrada por los ministerios de Obras Públicas, Turismo, Medio Ambiente, Salud Pública e Industria, Comercio y Mipymes. Además, las corporaciones de acueductos y alcantarillados o entidad local competente para la aprobación de planos de agua potable y residuales, según corresponda.
Asimismo, la componen el Instituto Nacional de Aguas Potables, la Empresa Distribuidora de Electricidad, según la que corresponda, la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, el Instituto Nacional de la Vivienda, el Instituto Dominicano de Aviación Civil, el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos y las direcciones de Impuestos Internos y Patrimonio Monumental.
Esas instituciones tienen como responsabilidad, coordinar con el MOPC para la pronta y efectiva implementación de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción, debiendo nombrar un representante de alto nivel como enlace con dicho ministerio, responsable de dar cumplimiento al presente decreto.
De igual manera, implementar los ajustes para simplificar los procesos internos para otorgar los permisos y licencias, debiendo nombrar un representante como enlace con el Ministerio de Administración Pública (MAP), responsable de dar cumplimiento a esta disposición del Poder Ejecutivo.
Además, crear mecanismos electrónicos que permitan suministrar, recibir, consultar y compartir la información pertinente en la Ventanilla Única en red y en línea, así como suscribir acuerdos de Nivel de Servicios (ANS) para la implementación y desarrollo efectivo de la Ventanilla Única y designar a los funcionarios que conformarán las Unidades de Coordinación Técnica (UTC), que serán los responsables de brindar los servicios de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Permisos de Construcción.
Plazo de 30 días
Esas entidades tienen un plazo de 30 días, a partir de ese decreto, para remitir al Ministerio de Administración Pública (MAP) el levantamiento de todos los permisos, autorizaciones, licencias o cualesquiera otros documentos que, conforme a la legislación vigente, deban expandir para el inicio de proyectos de construcción de edificaciones en el país, así como de los requisitos y procesos establecidos por ellas a esos fines.
Evaluación y rediseño
A su vez, el MAP realizará una evaluación y rediseño de dichos procesos con el objetivo de simplificarlos y lograr una reducción efectiva en los tiempos de respuesta a los mismos.
El decreto 259-18 informa que se conformará una Mesa Técnica de Trabajo con las instituciones que conforman la Ventanilla Única de Permisos de Construcción y que el MOPC coordinará la redacción del Reglamento y el Manual de Procedimientos por el que habrá de regirse su funcionamiento.
De la igual forma, Danilo Medina instruye a Obras Públicas crear la Oficina Nacional de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones, adscrita a dicho ministerio. Será el punto de inicio del proceso de solicitud de los diversos tipos de permisos y licencias de construcción que competen a instituciones de la administración pública.
Unidad de Coordinación Técnica y Comité de Seguimiento
La Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones tendrá una Unidad de Coordinación Técnica (UCT), con asiento en cada una de las entidades públicas que intervengan en el proceso, designada por el titular de la entidad.
El Gobernante también instruye a la Oficina Presidencial de Tecnología de la Información y Comunicación (OPTIC) a diseñar y poner en ejecución la plataforma digital de interconexión entre las diferentes instituciones gubernamentales y municipales, cuya interconexión será obligatoria a los fines de automatizar y sistematizar los procesos de sometimiento, revisión y aprobación de las autorizaciones particulares, necesarias para la emisión de los permisos de construcción, entre otras especificaciones.
La disposición presidencial crea el Comité Técnico de Implementación y Seguimiento de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones, conformado por Obras Públicas, el MAP, el Consejo Nacional de Competitividad (COMPETITIVIDAD) y la OPTIC. Este deberá coordinar acciones conjuntas para la puesta en funcionamiento de la Ventanilla Única y crear planes de trabajo interinstitucionales para su efectiva implementación.
El titular de la Oficina de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones del Ministerio de Obras Públicas participará como secretario ad-hoc del Comité Técnico de Implementación y Seguimiento.
Tasas por servicios de la Ventanilla Única
El MOPC establecerá la tasa a ser cobrada a los contribuyentes por los servicios prestados a través de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones, la cual será específica y deberá limitarse al costo de servicio prestado. Esta será revisada periódicamente y tiene el objeto exclusivo de garantizar el auto-sostenimiento de la Ventanilla Única.
El decreto indica que los recaudos legalmente establecidos por concepto de autorizaciones, permisos y licencias otorgados por las distintas instituciones públicas que integran la Ventanilla Única se llevarán a cabo a través de un sistema de pago electrónico con que deberá contar dicha plataforma.
La disposición también establece un plazo de seis meses, contados a partir de la emisión del decreto 259-18, para la implementación de la Ventanilla Única de Permisos de Construcción de Edificaciones de la República Dominicana. El MOPC deberá presentar un informe final de implementación al Pleno del Consejo de Competitividad.

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