El gobernador DeSantis no ha establecido un cronograma para la segunda y tercera fase del plan de reapertura.
El gobernador Ron DeSantis publicó un video el viernes con el dueño de la barbería de Orlando, John Henry, quien anunció que a partir del lunes, las barberías, peluquerías y salones de uñas podrán reabrir en la mayor parte del estado después de ser cerradas debido a la pandemia de coronavirus.
Aquí están las respuestas a las preguntas frecuentes sobre el plan del gobernador DeSantis para reabrir peluquerías y salones.
¿Cuándo entra en vigencia la Orden Ejecutiva 20-120?
La Orden Ejecutiva 20-120 entrará en vigencia el lunes 11 de mayo de 2020 a las 12:01 a.m.
¿Qué profesiones permite la Orden Ejecutiva 20-120 reabrir y proporcionar servicios?
Los titulares de las siguientes licencias de peluquería o cosmetología emitidas por el estado pueden proporcionar servicios en establecimientos que adopten medidas de precaución y distanciamiento social apropiadas según la Orden ejecutiva 20-120: Peluquería; Peluquero restringido; Cosmetóloga Especialista en uñas; Especialista Facial Especialista Completo Trenzadora de cabello; Envoltura de cabello; y envoltura corporal. A estos titulares de licencias se les permite realizar los servicios de peluquería o cosmetología según lo autorice su respectiva licencia o registro.
¿Hay alguna licencia de barbero o cosmetología no autorizada para reabrir de conformidad con el pedido?
Los titulares de una licencia de peluquería o cosmetología ubicada en Broward o Miami-Dade no están autorizados a proporcionar servicios bajo las disposiciones de la Orden ejecutiva 20-120. Las restricciones de la Orden Ejecutiva 20-112 siguen vigentes para los condados de Broward y Miami-Dade. Las asignaciones futuras para servicios en Broward y Miami-Dade permanecen bajo consideración en consulta con los líderes locales.
¿Deben las empresas limitar la capacidad en la barbería o el salón?
Las peluquerías y los salones deben administrar la capacidad de las instalaciones en función de un horario de solo citas y deben permitir al menos 15 minutos entre la conclusión de una cita y el comienzo de la próxima cita para las prácticas de desinfección adecuadas. Las peluquerías y los salones deben tomar las medidas necesarias para limitar las reuniones en las áreas de espera antes y después de las citas en la medida necesaria para promover el distanciamiento social apropiado. Se alienta a las peluquerías y salones a adoptar medios para limitar a los clientes que esperan citas, como llamar a los clientes desde un vehículo en espera o en un área de espera al aire libre una vez que una estación de servicio disponible esté limpia, preparada y lista para el servicio del próximo usuario.
¿Hay alguna restricción vigente para el área de espera de una peluquería o salón de cosmetología?
Las peluquerías y los salones deben eliminar todos los artículos innecesarios y de contacto frecuente, como revistas, periódicos, menús de servicio y cualquier otro producto y decoración de papel innecesarios de las áreas de servicio al cliente. Estas empresas deben tomar las medidas necesarias para limitar las reuniones de clientes en las áreas de espera en la medida necesaria para promover el distanciamiento social apropiado.
La orden prohíbe citas grupales. ¿Qué constituye un grupo a los fines del pedido?
La orden ejecutiva 20-120 restringe las citas solo a individuos. Cuando varias personas buscan citas conjuntas o programadas para obtener servicios como parte al mismo tiempo, las peluquerías y los salones deben restringir la cantidad de citas individuales a la cantidad de estaciones de servicio disponibles que pueden acomodarse de manera responsable mientras se mantiene un distanciamiento social adecuado .
¿Debe una peluquería o salón de cosmetología limitar las horas de operación?
No. La Orden Ejecutiva 20-120 no restringe las horas de operación de una barbería o salón de belleza. Se alienta a los titulares de licencias a controlar cualquier restricción del gobierno local que pueda afectar las horas de operación de las empresas en su área.
¿Se requiere que los profesionales con licencia usen una máscara al prestar servicios en la peluquería o salón de belleza? ¿Cuánto tiempo estará vigente el requisito de usar una máscara?
Sí, un empleado debe usar una máscara mientras presta servicios personales en la peluquería o salón de belleza. El requisito de usar una máscara mientras presta servicios permanece vigente hasta que una orden posterior modifique o rescinda esta medida de precaución.
¿Los profesionales con licencia tienen que usar un tipo particular de máscara mientras prestan servicios?
No.
¿Se requiere que los profesionales con licencia usen guantes o cualquier otro equipo de protección personal que no sea una máscara al prestar servicios en la peluquería o salón de belleza?
No.
¿Se requiere que los clientes usen máscaras mientras obtienen servicios en la peluquería o salón de belleza?
No. Sin embargo, se recomienda a los peluqueros y salones que consideren proporcionar máscaras sin usar a los clientes para que las usen durante su cita. Como negocio privado, las peluquerías y los salones pueden adoptar sus propias políticas que requieren el uso de una máscara por parte de los clientes que obtienen servicios.
¿Se esperan otras medidas de peluquerías o salones? ¿Se recomiendan otras medidas?
Si. Las peluquerías y los salones deben limpiarse y desinfectarse a fondo antes de la reapertura, y las prácticas de desinfección deben repetirse, como mínimo, entre cada día de operación. Todas las superficies, herramientas y ropa de cama deben desinfectarse, incluso si los artículos se limpiaron antes de cerrar la peluquería o el salón.
Las peluquerías y los salones también deben tomar todas las medidas razonables para garantizar que la tienda y las áreas de servicio individuales se mantengan y operen de manera segura e higiénica, incluida la atención particular y el cumplimiento de las normas de saneamiento de Florida vigentes aplicables a estos servicios y estos lugares según lo promulgado en la Regla 61G3-19.011 (Requisitos de peluquería) y la Regla 61G5-20.002 (Requisitos de salón), Código Administrativo de Florida.
¿Cómo se harán cumplir las restricciones en la Orden Ejecutiva 20-120?
El Departamento de Regulación Comercial y Profesional mantiene prácticas de inspección de rutina en peluquerías y salones con licencia, que continuarán durante la vigencia de esta orden. El Departamento incorporará las restricciones de esta orden en las actividades de inspección de cumplimiento.
Por Peter Schorschon/Florida Politics