Saturday, November 23, 2024
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Inician labores de las mesas de trabajo sectoriales de ciberseguridad. Mandatario promulga ley

Héctor Danilo Sánchez
Special-Reporter
Kissimmee, Florida
USA

Palacio Nacional, R. D.-El Consejo Nacional de Ciberseguridad (CNCS) inició las actividades de las ocho mesas sectoriales para la coordinación y puesta en marcha de programas y proyectos que fortalecerán la Estrategia Nacional de Ciberseguridad.

La reunión estuvo encabezada por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo.

Las mesas están conformadas por aquellos sectores que tienen una influencia directa o indirecta en la protección de la infraestructura crítica: energético, academia y sociedad civil, telecomunicaciones, financiero, seguridad y defensa, marítimo, aeroportuario y salud.

Se escogieron por su relevancia, su importancia en el funcionamiento del Estado y por el riesgo que representarían en caso de recibir algún ataque.

 “Con esta alianza público-privada vamos a continuar la importante labor de mejorar la postura de riesgo cibernético a nivel nacional”, expresó Gustavo Montalvo en su calidad de presidente del CNCS.

Agregó que “los esfuerzos de colaboración y comunicación son importantes para la consecución de nuestra agenda digital y los objetivos de desarrollo en general”.

Marco legal, protección infraestructura, educación y alianzas

El ministro añadió que cada mesa de trabajo debe implementar su plan con sus objetivos y sus líneas de acción atendiendo a los cuatro ejes de la estrategia de ciberseguridad: marco legal y fortalecimiento institucional, protección de infraestructura crítica, educación y cultura de ciberseguridad, y alianzas nacionales e internacionales.

La estrategia de ciberseguridad busca establecer los mecanismos adecuados para contar con un ciberespacio más seguro para el desarrollo confiable de las actividades productivas y lúdicas de la población.

Gustavo Montalvo recordó que el progreso por la acelerada incorporación de las TICs en las actividades diarias lleva nuevos desafíos.

 “La transformación digital en la que se han embarcado las empresas, las instituciones públicas y la academia ha venido también a magnificar el riesgo cibernético”, expresó.

El acto se realizó en el Salón Verde del Palacio Nacional y contó con la presencia, además del ministro Montalvo, del ministro de Defensa, teniente general Rubén Darío Paulino Sem; el procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez; y la viceministra de la Presidencia, Zoraima Cuello.

Con ellos, el comandante general de la Armada de República Dominicana, Emilio Recio Segura; el director de la Policía Nacional, mayor general Ney Aldrin Bautista; el presidente del Indotel, Nelson Guillén; el director del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), Sigfrido Pared Pérez; el director del Centro Nacional de Ciberseguridad, James Pichardo; el director del Sistema Nacional de Atención a Emergencia y Seguridad 911; el director de Ciberseguridad del Ministerio del Interior y la Policía, Ricardo Cuesta, y la encargada del Data Center del Estado de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), Evelyn Gómez.

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Palacio Nacional de República Dominicana

Danilo Medina promulga Ley 396-19; regula el otorgamiento de la Fuerza Pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias

En ese mismo orden el Presidente Dominicano Danilo Medina Sanchez promulgó hoy la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la Fuerza Pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias.

El objetivo es asegurar la legalidad de razonabilidad de las actuaciones de los ministeriales actuantes y agentes que lo asistieren en el otorgamiento de la fuerza pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias.

La información fue dada a conocer a los medios y los ciudadanos por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de la red social Twitter @RodrigMarchena.

Aplicación de la ley

Esta ley tiene aplicación para la ejecución de medidas conservatorias y ejecutorias sobre muebles e inmuebles; así como a los actos comprobatorios propios de los embargos y apropiaciones inmobiliarias y desalojos de inmuebles y demás medidas para las cuales se requiera la presencia de la fuerza pública.

Indica que las ejecutorias de las sentencias o de los títulos de ejecutorias serán realizadas por un ministerial requerido, quien tendrá que hacerse acompañar de la fuerza pública.

Asimismo, el Ministerio Público es el órgano responsable del otorgamiento de la fuerza pública, para las ejecutorias de las sentencias o de los títulos ejecutorios, a requerimiento de sus beneficiarios o de los titulares de los derechos.

Limitaciones de las actuaciones de la fuerza pública

La fuerza pública que acompañe al ministerial, solo podrá auxiliar a este último, en las circunstancias previstas en las disposiciones de esta ley y para llevar a cabo los actos para los cueles la ley les otorga autorización.

Además, no auxiliarán al ministerial para ningún otro acto no previsto en el título que fundamenta la medida o debidamente autorizado por el juez competente.

 Solicitud de autorización de la fuerza pública

La autorización del auxilio de la fuerza pública procede, de manera obligatoria, cuando se pretenda ejecutar los títulos siguientes:

· Sentencias no susceptibles de recursos suspensivos de ejecución por    

  disposición de la ley, debidamente registradas.

· Sentencias susceptibles de recurso, cuando se tratare de medidas

  conservatorias.

· Ordenanzas en referimiento.

· Sentencias con disposición de ejecución provisional por parte del juez y sentencias con ejecución provisional por disposición expresa de la ley, entre otros.

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