Thursday, December 26, 2024
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Isidoro Santana: el decreto sobre combustible busca controlar la evasión

Héctor Sánchez, Special Reporter
Héctor Danilo Sánchez
Special Reporter

Palacio Nacional, R. D.-El ministro de Economía, Isidoro Santana, valoró como muy positivo para el país el Decreto 275-16. Este reglamenta los impuestos al consumo de combustibles en el caso de las empresas generadoras de electricidad.

El ministro de Economía, Isidoro Santana, valoró como muy positivo para el país elDecreto 275-16. Este reglamenta los impuestos al consumo de combustibles en el caso de las empresas generadoras de electricidad.

Isidoro Santana entiende que esto responde a uno de los principales reclamos de la opinión pública. En especial de los empresarios, cuando se habla de la necesidad de elevar la presión tributaria.

Este sector plantea que la prioridad debe ser el control de la evasión, antes de cualquier incremento de impuestos.

“Los impuestos selectivos al consumo de combustibles son una de las principales fuentes de ingresos tributarios. Es lógico, por tanto, que se trate de fiscalizar acuciosamente su recaudación”, observó el funcionario.

Hay disposiciones legales que exoneran de esos impuestos selectivos a ciertos consumidores de combustibles. Eso crea incentivos para tratar de evadir los impuestos. Santana explica que esto se logra desviando hacia otros usos o usuarios parte de los combustibles exonerados.

Para 2017, las exenciones de los impuestos selectivos a los combustibles ascenderían a RD$26,005 millones de pesos. Se incluyen tanto los específicos como advalorem. De estos RD$24,509 millones corresponden a generación eléctrica. El resto a los sectores productivos de zonas francas, zona fronteriza y textil y calzado. También a los contratistas de obras del estado y concesiones mineras. Las cifras responden a la  estimación de gasto tributario del proyecto de Presupuesto General del Estado 2017.

De ahí el interés de la administración tributaria por fortalecer la fiscalización correspondiente. Asimismo, asegurar que esos sacrificios fiscales vayan efectivamente a las actividades para las cuales se diseñaron.

La Ley 253-12 sobre Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal, lo regula. Prevé que esas exoneraciones sean aplicadas mediante un sistema de devolución de impuestos pagados. Este se basa en el efectivo control del consumo realizado por los beneficiarios de tales exoneraciones. La aplicación de la disposición legal se pospuso en aras de permitir el diseño de un mecanismo ágil y confiable.

Por tanto, el Decreto 275-16 solo cumple con eso. Introduce mecanismos que permitan controlar el consumo real de los beneficiarios de las exoneraciones. Determinado esto, reintegrar el impuesto pagado en un período de tiempo sumamente razonable, aclaró el ministro.

 

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