Saturday, November 16, 2024
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Primeros proyectos que se realicen bajo reglamento de alianzas público-privadas contribuirán a restaurar economía

Héctor Sánchez, Special-Reporter

Palacio Nacional, R. D.-Tras la firma del Reglamento de Aplicación de Alianzas Público-Privadas entre el Gobierno dominicano y organizaciones privadas, el presidente de la República Dominicana Luis Abinader aseguró que bajo este nuevo esquema los primeros proyectos que se desarrollen contribuirán a restaurar el crecimiento económico y asentar nuevos precedentes de relación público privada.

El mandatario aseguró que este es el momento de invertir en República Dominicana, por lo que con la promulgación del reglamento se crea un clima favorable de inversión.

“Con la promulgación de este reglamento queremos dar la señal de que en nuestro gobierno crearemos un clima favorable de inversión, garantizando la seguridad jurídica, la transparencia y la celeridad de los procesos de contratación para que nada de lo que es urgente o importante se quede fuera”, indicó en su discurso.

Aseguró que la alianza público-privada priorizó sectores para recibir iniciativas privadas en transporte vial, aéreo y marítimo.

De igual forma también están el sector agua, salud, educación, energía,  agropecuario, vivienda, turismo  comercio internacional, movilidad urbana, telecomunicaciones y defensa nacional.

De acuerdo al mandatario, con estas alianzas se pretenden desarrollar proyectos de interés social esenciales para mejorar la calidad de vida de toda República Dominicana.

“El reglamento que estamos promulgando establece un esquema ordenado, eficiente y transparente del proceso de presentación de iniciativas”, indicó.

El presidente de la República, Luis Abinader, firmó la tarde de este miércoles el Reglamento de Aplicación de la Ley 47-20 de Alianzas Público-Privadas, un instrumento a través del cual el Gobierno busca generar inversiones en obras sociales y creación de empleos.

El jefe Estado indicó que el acuerdo también busca mejorar la calidad de vida de la población.

“La normativa permitirá al Gobierno responder de manera proactiva, oportuna, flexible y legítima a las condiciones del mercado”, sostuvo el mandatario.

Presidente Dominicano crea comisión para liquidación entidades del Estado

El presidente Luis Abina­der emitió el Decreto 422-20 que crea la Comisión de Liquidación de Órganos del Estado y establece las generalidades del procedi­miento que se debe seguir.

El primer artículo de la disposición gubernamen­tal indica que para la di­rección y coordinación de la disolución y liquidación de uno de los órganos del Estado, se conformará una o varias comisiones que es­tarán presididas por el mi­nistro de la Presidencia, Li­sandro Macarrulla.

El decreto también es­tablece que la comisión coordinará con los “órga­nos correspondientes” los temas relacionados con el personal que labora en las instituciones a elimi­nar, los bienes e inmuebles y los activos y pasivos que posean la misma.

Este explica que el Mi­nisterio de Administra­ción Pública, la Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General de la República adoptarán las medidas que correspon­dan luego de la revisión de cada caso particular de los organismos que serán ob­jeto de “supresión o rees­tructuración”.

Abinader ha anuncia­do la eliminación de varios organismos tales como la Oficina de Ingenieros Su­pervisores de Obras del Estado (Oisoe), Fondo Pa­trimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), en­tre otras. Además de la re­estructuración de la Cor­poración Dominicana de Empresas Eléctricas Esta­tales (CDEEE) que pasará a formar parte del Ministe­rio de Energía y Minas, del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), que formará parte de Bienes Nacionales, entre otros.

La Administración Ge­neral de Bienes Nacionales, conforme a la ley, organiza­rá y realizará un inventario con informaciones específi­cas sobre los activos o bie­nes muebles e inmuebles que estuvieren en posesión de las instituciones obje­to de supresión o reestruc­turación, y que queden dis­ponibles para darles el uso que demanden otras institu­ciones de la Administración Pública.

Medina suprimió

El 3 de agosto LISTÍN DIA­RIO registró en su versión digital que el presidente Abinader había informado las futuras supresiones de al menos tres instituciones gubernamentales duran­te su mandato. Una medi­da similar fue tomada por el entonces presidente Danilo Medina, quien en su prime­ra gestión eliminó, cuando menos, seis organismos del Estado.

El Despacho de la Pri­mera Dama y la Oficina de Ingenieros Superviso­res de Obras del Estado (Oisoe) fueron eliminadas por Abinader. También fu­sionó el CEA con la Direc­ción General de Bienes Na­cionales.

Sin embargo, Medina re­tiró el funcionamiento de unas seis instituciones: el Consejo Nacional de Re­forma del Estado, el Comi­sionado de Apoyo a la Re­forma y Modernización del Estado y la Comisión Nacio­nal de Ejecución de la Re­forma Procesal Penal. Lue­go, en distintos decretos, fue tachando la Oficina de Consultoría de Coopera­ción, Educación, Ciencia y Tecnología; la Oficina Pre­sidencial de Iniciativas De­mocráticas y la Comisión Presidencial sobre los Obje­tivos del Milenio y Desarro­llo Sostenible.

 DESPACHO

Primera Dama.

El presidente Abinader informó el pasado 9 de julio, tras una reunión en el Palacio Nacional, que iba a eliminar el Despacho de la Prime­ra Dama, que encabe­zó Cándida Montilla, esposa del ex-mandata­rio Danilo Medina. Pese a su supresión, dijo que seguirán los programas sociales ejecutados por el Despacho. El Despa­cho de la Primera Dama fue creado por el decre­to 741-00, el 10 de sep­tiembre del 2000.

Restringirán libertades para enfrentar pandemia coronavirus

El presidente Luis Abi­nader prorrogó anoche por 45 días el estado de emergencia nacional por la pandemia del coro­navirus aprobado por el Congreso Nacional e in­formó que se recurrirá a restricciones en la liber­tad de tránsito y de aso­ciación y reunión.

Asimismo, Abinader dispuso la extensión del toque de queda por 25 días en los mismos térmi­nos dispuestos el 20 de ju­lio pasado.

Por el Decreto 430-20, el presidente Abinader estable­ce que desde mañana queda extendido el estado de emer­gencia, mientras que por el Decreto 431-20 establece el toque de queda.

Las restricciones

En el Decreto 430-20, el gobernante advierte que con la autorización del Congreso se dispondrá “en virtud de recomen­daciones de organismos internacionales especia­lizados y expertos en la materia, restricciones pro­porcionales y temporales a las libertades de tránsito, asociación y reunión” de acuerdo con la Constitu­ción y la Ley sobre los es­tados de excepción.

 Citó el artículo 266 de la Constitución, litera­les “h” y “j” del numeral 6 que permiten restringir la libertad de tránsito, dis­puesta en el artículo 46 de la Constitución y las liber­tades de asociación y de reunión.

Igualmente, se refiere a la suspensión de derechos prevista en la Ley 21-18 que regula los estados de excepción.

Al respecto, el Artícu­lo 11 de la Ley 21-18, re­lativo a la suspensión de derechos, explica que “en los estados de conmoción interior y de emergencia solo podrán suspender­se los siguientes derechos reconocidos por la Cons­titución de la República”, entre ellos la reducción a prisión, privación de liber­tad sin causa o sin las for­malidades legales, los pla­zos de sometimiento a la autoridad judicial o para la puesta en libertad.

También, el traslado desde establecimientos carcelarios u otros lugares, la presentación de deteni­dos, lo relativo al hábeas corpus, la inviolabilidad del domicilio y de recintos privados.

Además, la libertad de tránsito, la libertad de ex­presión, las libertades de asociación y de reunión, la inviolabilidad de la corres­pondencia.

No obstante, el Artícu­lo 11 de la Ley 21-18, es­tablece que “en ningún ca­so podrán suspenderse las garantías mínimas del de­bido proceso establecido en la Constitución”.

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