Monday, November 18, 2024
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Congresista Sánchez Roa: “Policías disfrutarán de la Seguridad Social y SENASA ”

Héctor Sánchez, Special Reporter
Héctor Sánchez,
Special Reporter

SANTO DOMINGO, R.D.- El Congresista Senador, Ing.  Adriano Sánchez Roa dijo que la nueva ley de reforma policial integra los policías al sistema de seguridad social de la ley 87-01 y al SENASA, con derecho a escoger su prestador; reduce a 20 los generales del cuerpo del orden, y prohíbe a los agentes prestar servicio  particulares a personas físicas o morales y a establecimientos comerciales.

El proyecto aprobado hoy por la Cámara de Diputados, de la autoría de los senadores Julio César Valentín, Adriano Sánchez Roa, Carlos Castillo, Arístides Victoria y Manuel Paula, ordena afiliar a todos los al régimen de reparto especial para la policía nacional, el cual será administrado por la dirección de jubilaciones y pensiones de Hacienda.

Sánchez Roa, vocero del PLD en el Senado resaltó que ya se dejará de llamar “Jefe” al titular de la Policía, y en lo adelante se denominará “Director General”, quien desempeñará el cargo durante dos años, y al cumplir ese período, pasará automáticamente a situación de retiro.

Con el propósito de reducir la oficialidad, porque actualmente los altos oficiales duplican las posiciones, una vez promulgada la ley, se le otorgará al Presidente de la República un plazo de 24 meses para que haga los ajustes sobre la cantidad de generales y coroneles activos en la Policía.

“En el artículo 176 establecimos que los sueldos a los policías se regularán en el presupuesto de la institución en base a homologarlos (igualarlo) con los sueldos en el sector público, atendiendo al costo de la vida y la inflación”,  Sánchez Roa.

La dirección central de prevención, de la institución, contará de la AMET, la policía de turismo, protección de dignatarios, protección judicial, policía de niños, niña y adolescente, antipandillas y escolar.

Entre las modificaciones introducidas a la ley orgánica de la Policía, iniciativa de Valentín, Sánchez Roa, Castillo, Victoria y Paula, está un párrafo del artículo 83 que dispone un tiempo mínimo de antigüedad para optar por el ascenso al rango inmediato, que nunca será menor de cuatro años y agrega que la violación a esa disposición implica la nulidad del ascenso.

Pero, dice el representante por Elías Piña “Ese artículo establece como tiempo máximo de permanencia en un grado seis años para el nivel básico y siete para el medio, para garantizar los ascensos hasta aquellos que no tienen padrinos.

El artículo 99 de ley orgánica de la Policía establece que “en ningún caso se asignarán agentes policiales para protección a personas físicas, dominicanas o extranjeras, o de seguridad para compañías privadas, sociedades o asociaciones sin fines de lucro”.

En tanto, el artículo 100 reglamenta que en los casos de los agentes de seguridad asignados a oficiales en retiro, no podrá ser mayor de tres policías, mientras que el artículo 101 establece que no podrán los agentes policiales de seguridad ser utilizados para actividades distintas a las estrictamente necesarias o relaciones con la función asignada o destinada.

La estructura organizacional de la Policía estará  organizativamente conformada por el Consejo Superior Policial, Dirección General de la Policía Nacional, Dirección Central de Prevención; Dirección Central de Investigación, Inspectoría General y la Dirección de Asuntos Internos.

El Consejo Superior Policial lo integrarán el ministro de Interior y Policía, quien lo presidirá; el Procurador General de la República; el Inspector General; los directores General de la Policía, Central de Prevención, Central de Investigaciones y de Asuntos Legales, quien fungirá como secretario de voz pero sin voto.

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