Thursday, March 28, 2024
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Jueza rechaza acuerdo entre Ministerio Publico Dominicano y el francés Christophe Naudin

Héctor Danilo Sánchez
Special Reporter

SANTO DOMINGO, R. D.- La jueza del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional rechazó este jueves el acuerdo subscrito por el Ministerio Público y el criminólogo Christophe Naudin, acusado de participar en la fuga de dos pilotos narcotraficante.

Jean Alain Rodríguez. Procurador General de la República Dominicana

La jueza Kenya Romero impugnó la aplicación del procedimiento Penal Abreviado presentado a favor del francés Christophe Naudin con el que se pretendía que el imputado cumpliera 5 años de prisión en su país natal, Francia.
El tribunal no valido el acuerdo argumentando que el artículo 2 de la Ley 137-03 sobre Tráfico ilícito de Migrantes y Trata de Personas y 265, 266 del Código Penal Dominicano, prevén para la calificación jurídica otorgada por el Misterio Público al hecho, Tráfico ilícito de Inmigrantes y Asociación de Malhechores, una pena de 10 a 15 años, mientras que en el acuerdo solo se contemplaban 5 años de reclusión.
“Consiente de mi rol de árbitro imparcial y garante de la tutela judicial efectiva, procedo a rechazar el acuerdo pleno subscrito, ya que lesiona sistemáticamente el principio de legalidad de las penas y ordeno al Ministerio Público la continuación del procedimiento” , indicó la jueza Kenya Romero.
Tanto el fiscal actuante en el caso, Milciades Guzmán y el abogado del imputado, Miguel Valerio al concluir la lectura del fallo salieron del tribunal y se negaron hablar con la prensa.
Como se recordara mediante la homologación del acuerdo se buscaba que el imputado pagará una multa de RD$1 millón 500 mil a favor del Estado dominicano, ofrecer disculpas públicas a la nación dominicana por los hechos , así como renunciar y desistir de cualquier acción presente, pasada o futura por responsabilidad civil en contra del Estado dominicano, los funcionarios actuantes, en especial, los ministerios de Relaciones Exteriores y Público y representantes del cuerpo diplomático de la República Dominicana en el exterior, así como de cualquier otro representante del Estado dominicano ante los tribunales de la República.

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