Thursday, March 28, 2024
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Aumenta pedido de retiro de agentes por disgustos reforma policial

Por Marcelo Peralta |

Santiago, R.D.- Aunque antes se habrían registrados pedidos de baja de las filas policiales y después de concretizarse la Reforma y la promulgación de la Ley por parte del Presidente de la República, Danilo Medina, aumentan los pedidos de retiros por rasos, cabos, alistados, suboficial y oficiales de altos rangos.

Se calculan en miles la cantidad de peticionarios que antes habían jurado trabajar en las filas policiales en defensa y protección de vidas y propiedades, pero conocidos los contenidos de la disposición de profilaxis en esa institución que “pone alegadas zancadillas” a los integrantes los disgustos se ha generalizado y se avista un porvenir no “halagüeño”.

La conocida nueva ley orgánica de la Policía número 590-16 establece sanciones para los agentes policiales que incurran en indisciplinas en sus funciones, que van desde la suspensión por tres meses sin recibir sueldo, su destitución y poner en riesgo su derecho adquirido al momento del retiro forzoso.

En su artículo 152, clasifica en muy graves y leves las faltas en las que pueden incurrir los miembros de la institución y en los subsiguientes define las acciones que se corresponden a cada categoría.

Incumplir con la fidelidad a la institución, haber sido sentenciado por un delito doloso, abusar de sus atribuciones causándole grave daño a los ciudadanos, a los subordinados, a las entidades con personalidad jurídica y conlleva sanción por 90 días y después de cumplido viene la destitución.

La penalidad se establece para la práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios, vejatorios a los ciudadanos que se encuentren bajo custodia policial y para la insubordinación individual y colectiva, a las autoridades, los mandos de que dependan el de los agentes.

Otra penalidad es que ha quedado prohibido el que los agentes consuman alcohol, drogas tóxicas, estupefacientes mientras estén en  el servicio.

En sus postulados, la nueva Ley procura evitar prácticas como el famoso “macuteo”, donde establece sanciones para quienes acepten, directa e indirectamente, obsequios y recompensas”, pero sólo cuando el valor sea mayor a un salario mínimo del sector público.

Cita el artículo 156, en su párrafo único, indica que “el servidor policial que sea sancionado por la comisión de una falta muy grave perderá todos los derechos establecidos en esta ley y en sus reglamentos. Este texto es aplicable a los casos de retiro forzoso”.

Faltas graves

Entre las faltas que se consideran graves está el solicitar y obtener cambios de destino mediante cualquier recompensa, ánimo de lucro, falseando condiciones.,

El prevalerse, directa, indirectamente, de recomendaciones de influencias para ascender a un cargo, para ser promovido y para obtener cualquier privilegio como Policía.

También la asignación de agentes policiales, funcionarios públicos para fines distintos a su competencia y para la protección de personas físicas y jurídicas, entre otros.

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